El Centro de Documentación (CEDOC) de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México es la unidad documental destinada a promover un acervo especializado de carácter bibliográfico, hemerográfico y documental que contribuya al diagnóstico de la condición y posición social de las mujeres, facilitando a las personas usuarias información en materia de género, derechos humanos de las mujeres, igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, prevención y atención a la violencia contra las mujeres y políticas públicas para la igualdad.

La protección de los derechos humanos de las personas migrantes : una guía para las y los servidores públicos coordinación editorial, Rubén Luna González

Idioma: Español Series Colección MigraciónDetalles de publicación: México : Instituto Nacional de Migración, Unidad de Política Migratoria ; Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2013Descripción: 597 pISBN:
  • 978-607-9007-20-1
Tema(s): Clasificación CDD:
  • 304.8,P96
Resumen: La conducta de cualquier servidor público que participe en procedimientos de control migratorio debe regirse por las leyes vigentes en materia de derechos humanos, responsabilidades de los servidores públicos y por las disposiciones del debido proceso contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano y en la Ley de Migración. Ningún servidor público debe quitarle sus pertenencias, así como pedirle dinero o favores sexuales a una persona migrante indocumentada a cambio de dejarle seguir su camino. En particular, ningún oficial encargado de hacer cumplir la ley puede usar armas u otras técnicas que causan graves lesiones o muerte contra las personas. No pueden utilizar métodos de persecución y aseguramiento que pongan en peligro la vida y la integridad física y psicológica de las personas. Las personas migrantes no pueden ser aseguradas en vehículos сerrados por más tiempo que sea estrictamente necesario para su traslado inmediato a las instalaciones del INM. La salud física y psicológica de las personas migrantes que han sido víctimas de delitos debe ser evaluada cuando éstas ingresan a una estación migratoria. En caso de daños y riesgos graves a la salud, la persona debe ser trasladada a instituciones especializadas, desde donde puede enfrentar su procedimiento migratorio. La obra contiene las recomendaciones y principios de actuación en aras de asegurar la protección de sus derechos humanos garantizados por el sistema legal mexicano y por los tratados internacionales de los cuales México es parte.
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La conducta de cualquier servidor público que participe en procedimientos de control migratorio debe regirse por las leyes vigentes en materia de derechos humanos, responsabilidades de los servidores públicos y por las disposiciones del debido proceso contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano y en la Ley de Migración. Ningún servidor público debe quitarle sus pertenencias, así como pedirle dinero o favores sexuales a una persona migrante indocumentada a cambio de dejarle seguir su camino. En particular, ningún oficial encargado de hacer cumplir la ley puede usar armas u otras técnicas que causan graves lesiones o muerte contra las personas. No pueden utilizar métodos de persecución y aseguramiento que pongan en peligro la vida y la integridad física y psicológica de las personas. Las personas migrantes no pueden ser aseguradas en vehículos сerrados por más tiempo que sea estrictamente necesario para su traslado inmediato a las instalaciones del INM. La salud física y psicológica de las personas migrantes que han sido víctimas de delitos debe ser evaluada cuando éstas ingresan a una estación migratoria. En caso de daños y riesgos graves a la salud, la persona debe ser trasladada a instituciones especializadas, desde donde puede enfrentar su procedimiento migratorio. La obra contiene las recomendaciones y principios de actuación en aras de asegurar la protección de sus derechos humanos garantizados por el sistema legal mexicano y por los tratados internacionales de los cuales México es parte.

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