000 02215nam a22002417a 4500
003 MXCEDOC
005 20231130150347.0
008 231130b |||||||| |||| 00| 0 spa d
020 _a978-607-02-9908-7
040 _aSeMujeres CDMX
_cSeMujeres CDMX
041 _aspa
082 _a345,N96
100 _aNúñez, Lucía
_98919
245 _aEl género en la ley penal :
_bcrítica feminista de la ilusión punitiva
_cprólogo de Tamar Pitch
260 _aMéxico :
_bUniversidad Nacional Autónoma de México, Centro de Investigaciones y Estudios de Género,
_c2018
300 _a210 p.
520 _aCon el estallido de la crisis de la violencia, que ha cobrado entre las mujeres una dimensión especialmente cruel, es legítimo preguntarse si la justicia penal puede ofrecer una solución efectiva. Para responder a esta pregunta, la autora señala la parcialidad del sistema penal, así como el hecho de que se basa en una lógica patriarcal y excluyente que se ejerce de manera masiva y sistemática contra los sectores más marginados de la población; analiza una serie de leyes especialmente relevantes para las mujeres desde una perspectiva histórica y de género, demostrando la desigualdad estructural del sistema penal desde su concepción misma. En este sentido, hace una crítica al feminismo jurídico punitivo, es decir, aquel que cree poder usar el derecho, y en general la justicia penal, para contrarrestar el daño y la violencia que sufren las mujeres. Expone su insuficiencia teórica y política y lo aborda como una ilusión peligrosa: si bien se obtiene el reconocimiento de los delitos contra las mujeres como crímenes, la mayoría de las veces esto conlleva la reducción de las mujeres a víctimas necesitadas de la protección del Estado. Ante este complejo problema, se propone el enfoque del minimalismo penal, que se basa en la convicción de que la garantía de la libertad no se encuentra en el ensanchamiento de un sistema punitivo desigual y sexista, sino en su limitación y en la efectividad de los derechos fundamentales.
650 _aGENERO
650 _aCRIMINOLOGIA
_92146
650 _aDERECHO PENAL
_9953
650 _aDELITOS SEXUALES
_91492
942 _2ddc
_cBK
999 _c21818
_d21818