000 02206nam a22002297a 4500
005 20220912175643.0
008 220901b ||||| |||| 00| 0 spa d
020 _a978-607-8605-38-5
040 _aSeMujeres CDMX
_cSeMujeres CDMX
041 _aspa
082 _a323.6,I37,4
100 _aAlemán Angelini, Amanda, coord. Gómez Gutiérrez, Noemí, coord
_98722
245 _aPersonas en situación de calle
260 _aMéxico:
_bInstituto Electoral de la Ciudad de México ; Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo,
_c2019.
300 _a108 p.
490 _aSerie de inclusión, derechos humanos y construcción de ciudadanía. INCLUSIVE ; 4
520 _aLas razones por las que muchas personas habitan y sobreviven en la calle son la violencia, la pobreza y otros factores, como problemas de salud mental, psicosocial o de adicciones. En el programa de derechos humanos de la Ciudad de México se relacionan diversos derechos de las poblaciones callejeras, como son: derecho a la vida, educación, trabajo digno, vivienda adecuada, alimentación saludable, medio ambiente sano, seguridad, cultura, más alto nivel de salud, justicia, libertad de expresión, libertad de asociación y reunión, a una vida libre de violencia, a la familia, a la integridad personal, a la dignidad humana, a la igualdad y no discriminación, a un nivel de vida, adecuado, todos se describen en el documento. Para generar las estrategias de atención, establecen que es prioritaria la vigilancia del derecho a la identidad, la igualdad y no discriminación, la vivienda y la salud. Para la adecuada promoción del goce y ejercicio de los derechos, así como para su garantía y protección, se debe tener como principio rector la dignidad humana. Sobre las personas en situación de calle se establece la obligación de las autoridades de adoptar las medidas para garantizar sus derechos y específicamente las mandata a impedir: Acciones de reclusión, desplazamiento forzado, tratamiento de rehabilitación, internamiento en instituciones o cualquiera otra, sin su autorización.
650 _aSITUACION DE CALLE
_9968
650 _aDISCRIMINACION
650 _aDERECHOS HUMANOS
942 _2ddc
_cBK
999 _c21644
_d21644