000 | 02034nam a22002297a 4500 | ||
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005 | 20210621140957.0 | ||
008 | 210607b ||||| |||| 00| 0 spa d | ||
040 |
_aspa _cSemujeres CDMX |
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082 | _a320.854,A47 | ||
245 | _aABC para futuras concejalas | ||
260 |
_aMéxico : _bInstituto Electoral de la Ciudad de México, _c2020 |
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300 | _a53 p. : il. | ||
520 | _aLas alcaldías, son órganos político-administrativos, que cuentan con personalidad jurídica y autonomía respecto a su administración y al ejercicio de su presupuesto, se encuentran integradas por una alcaldesa o alcalde y un consejo de personas electas por votación universal, libre, secreta y directa para un período de tres años. Cuentan con atribuciones coordinadas con el Gobierno de la Ciudad u otras autoridades. El documento enlista las materias que tienen competencia en las alcaldías de la Ciudad de México y cuáles son sus finalidades como lo indica la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de Alcaldías en la Ciudad de México; así como los requisitos para ocupar una concejalía. A su vez, el Consejo es el órgano colegiado electo en cada demarcación territorial que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondiente a las demarcaciones territoriales, en los términos que señalan las leyes. El presente documento es una aportación que se suma a las prácticas permanentes del Instituto Electoral para promover la participación de las mujeres en los espacios públicos de representación en su comunidad y para la consolidación de la igualdad en el ejercicio de sus derechos. | ||
650 |
_aMEXICO. CIUDAD DE MEXICO _9134 |
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650 | _aHISTORIA | ||
650 |
_aALCALDIAS _98485 |
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650 |
_aALCALDESAS _91091 |
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650 |
_aCONCEJALAS _98486 |
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650 |
_aCONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS MEXICANOS _98487 |
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942 |
_2ddc _cBK |
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999 |
_c21407 _d21407 |