000 01516nam a2200289Ia 4500
008 210312s9999||||xx |||||||||||||| ||und||
020 _a978-607-8228-8
040 _aIMDF
040 _bspa
040 _cSemujeres CDMX
041 _bspa
082 _a361.25,C96,5
100 _aZepeda Lecuona, Guillermo. Moloeznik, Marcos Pablo.
_97703
245 _aSeguridad ciudadana
260 _aMéxico
260 _bEscuela de Administración Pública del Distrito Federal
260 _c2011
300 _a165 p.
490 _aCuaderno de trabajo
490 _v5
650 _aDELINCUENCIA ORGANIZADA
_92849
650 _aSEGURIDAD PUBLICA
_9386
650 _aVIOLENCIA
_918
942 _cBK
999 _c20893
_d20893
520 _aLa expresión seguridad ciudadana se refiere al derecho de todo ciudadano a su seguridad, frente a riesgos o amenazas no institucionales sobre su persona y su patrimonio, es decir, a una condición de protección del ciudadano frente al riesgo por daños a la integridad física y psicológica, lo que trae aparejada la obligación del Estado de garantizar la protección de la vida, la libertad y el patrimonio de las personas. Se trata de una concepción de la seguridad que focaliza su atención en la persona del ciudadano y no en la entidad estatal, a diferencia del concepto de seguridad nacional. Por lo tanto, constituye una noción ontológicamente preventiva, que supone una relación distinta entre la sociedad y los agentes del gobierno responsables de la seguridad.