El Centro de Documentación (CEDOC) de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México es la unidad documental destinada a promover un acervo especializado de carácter bibliográfico, hemerográfico y documental que contribuya al diagnóstico de la condición y posición social de las mujeres, facilitando a las personas usuarias información en materia de género, derechos humanos de las mujeres, igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, prevención y atención a la violencia contra las mujeres y políticas públicas para la igualdad.

Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia: versión resumida e ilustrada ilustrado por Martha Barragán Méndez

Idioma: Español Detalles de publicación: México : Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, 2019.Descripción: 55 p. : ilTema(s): Clasificación CDD:
  • L-006
Resumen: Publicada en 1º de febrero de 2007, ha sido reformada constantemente de acuerdo con la realidad social y necesidades del país. Esta ley fue hecha para que el gobierno federal, los gobiernos de los estados y todas las autoridades del país trabajen juntos para proteger los derechos de las mujeres que son víctimas de violencia y destinen los recursos que se necesiten para garantizarlos. Los principios rectores y modalidades para garantizar el acceso a una vida libre de violencia que favorezca el desarrollo y bienestar de las mujeres conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es una ley general que definió por primera vez los tipos de violencia, psicológica, física, económica, patrimonial y sexual. Estableció en qué ámbitos de la vida están siendo violentadas las mujeres, definiendo violencia por modalidades: violencia familiar, laboral y docente, comunitaria y violencia institucional. Asimismo, define el hostigamiento, el acoso sexual y la violencia feminicida, a partir de la cual se tipifica el feminicidio. Incluye la Alerta de violencia de género como el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.
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Publicada en 1º de febrero de 2007, ha sido reformada constantemente de acuerdo con la realidad social y necesidades del país. Esta ley fue hecha para que el gobierno federal, los gobiernos de los estados y todas las autoridades del país trabajen juntos para proteger los derechos de las mujeres que son víctimas de violencia y destinen los recursos que se necesiten para garantizarlos. Los principios rectores y modalidades para garantizar el acceso a una vida libre de violencia que favorezca el desarrollo y bienestar de las mujeres conforme a los principios de igualdad y de no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Es una ley general que definió por primera vez los tipos de violencia, psicológica, física, económica, patrimonial y sexual. Estableció en qué ámbitos de la vida están siendo violentadas las mujeres, definiendo violencia por modalidades: violencia familiar, laboral y docente, comunitaria y violencia institucional. Asimismo, define el hostigamiento, el acoso sexual y la violencia feminicida, a partir de la cual se tipifica el feminicidio. Incluye la Alerta de violencia de género como el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.

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