El Centro de Documentación (CEDOC) de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México es la unidad documental destinada a promover un acervo especializado de carácter bibliográfico, hemerográfico y documental que contribuya al diagnóstico de la condición y posición social de las mujeres, facilitando a las personas usuarias información en materia de género, derechos humanos de las mujeres, igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, prevención y atención a la violencia contra las mujeres y políticas públicas para la igualdad.

Mujeres invisibles: las cárceles femeninas en América Latina

Por: Idioma del resumen: Español Descripción: 73-85Tema(s): Clasificación CDD:
  • PDF-742
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En: Revista Nueva Sociedad. --No 208, (mzo.-abr. de 2007). -- ISSN: 0251-3552. -- Disponible sólo en formato PDF C:/Escritorio/Archivo digital/00742MujeresInvisibles ; (277 KB). -- Conclusiones y recomendaciones : 1. Se debe poner término al tratamiento diferencial aplicado a los hombres y las mujeres encarcelados en lo que concierne a la aplicación de las medidas alternativas a la privación de libertad y a la concesión de beneficios extrapenitenciarios. 2. Es necesario terminar con las situaciones específicas de violencia que sufren las mujeres en prisión, tanto en la privación o limitación de sus derechos sexuales y reproductivos, como en los abusos sexuales a los que son sometidas. 3. Se debe mejorar la prestación de los servicios médicos y otorgarles una mejor asistencia jurídica. 4. Hay que establecer un modelo de reinserción social que termine con los conceptos que legitiman los roles asignados por la división sexual del trabajo. 5. Es necesario llamar la atención sobre la participación de la mujer en los delitos relacionados con drogas. El proceso de criminalización de estas mujeres es abiertamente discriminador y excesivamente represivo y afecta a los sectores más vulnerables de la población, en general mujeres pobres y jefas de hogar. 6. Se deben aplicar las convenciones y los tratados internacionales, especialmente la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, para lo cual debe corregirse, si fuera necesario, la legislación nacional.
Resumen: La falta de literatura penal y criminológica sobre las mujeres no es, desde nuestro punto de vista, atribuible solamente a la tasa de delincuencia femenina, que es inferior a la masculina. Creemos que la delincuencia femenina no había sido objeto de estudio porque muchas investigaciones partieron de estereotipos sobre la mujer que solo contribuyeron a distorsionar la realidad. Las investigaciones sobre la delincuencia femenina se ajustaban a parámetros derivados de una concepción androcentrista y etnocentrista que privilegiaba la mirada sobre el delincuente varón. Tanto el discurso como las normas jurídicas giraban alrededor del hombre delincuente, sus motivaciones y el tratamiento que recibía en las cárceles y los establecimientos penitenciarios. La historia de las mujeres y su rol en la sociedad no tenían lugar en estos análisis y estudios.
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En: Revista Nueva Sociedad. --No 208, (mzo.-abr. de 2007). -- ISSN: 0251-3552. -- Disponible sólo en formato PDF C:/Escritorio/Archivo digital/00742MujeresInvisibles ; (277 KB). -- Conclusiones y recomendaciones : 1. Se debe poner término al tratamiento diferencial aplicado a los hombres y las mujeres encarcelados en lo que concierne a la aplicación de las medidas alternativas a la privación de libertad y a la concesión de beneficios extrapenitenciarios. 2. Es necesario terminar con las situaciones específicas de violencia que sufren las mujeres en prisión, tanto en la privación o limitación de sus derechos sexuales y reproductivos, como en los abusos sexuales a los que son sometidas. 3. Se debe mejorar la prestación de los servicios médicos y otorgarles una mejor asistencia jurídica. 4. Hay que establecer un modelo de reinserción social que termine con los conceptos que legitiman los roles asignados por la división sexual del trabajo. 5. Es necesario llamar la atención sobre la participación de la mujer en los delitos relacionados con drogas. El proceso de criminalización de estas mujeres es abiertamente discriminador y excesivamente represivo y afecta a los sectores más vulnerables de la población, en general mujeres pobres y jefas de hogar. 6. Se deben aplicar las convenciones y los tratados internacionales, especialmente la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, para lo cual debe corregirse, si fuera necesario, la legislación nacional.

La falta de literatura penal y criminológica sobre las mujeres no es, desde nuestro punto de vista, atribuible solamente a la tasa de delincuencia femenina, que es inferior a la masculina. Creemos que la delincuencia femenina no había sido objeto de estudio porque muchas investigaciones partieron de estereotipos sobre la mujer que solo contribuyeron a distorsionar la realidad. Las investigaciones sobre la delincuencia femenina se ajustaban a parámetros derivados de una concepción androcentrista y etnocentrista que privilegiaba la mirada sobre el delincuente varón. Tanto el discurso como las normas jurídicas giraban alrededor del hombre delincuente, sus motivaciones y el tratamiento que recibía en las cárceles y los establecimientos penitenciarios. La historia de las mujeres y su rol en la sociedad no tenían lugar en estos análisis y estudios.

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