Tipos y modalidades de la violencia de género contra las mujeres. Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia
El Artículo 1 de la Convención de Belém do Pará define la violencia contra las mujeres como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”. Asimismo, establece tres ámbitos de visibilización de la violencia: en la vida privada, en la vida pública, y la perpetrada o tolerada por el Estado. Los tipos de violencia de género contra las mujeres, se pueden identificar como el conjunto de acciones que afectan a la persona en alguna de las siguientes dimensiones: psicológica, física, patrimonial, sexual y económica. Las modalidades de violencia de género son las formas, manifestaciones o los ámbitos de ocurrencia en que se presenta la violencia contra las mujeres: violencia familiar, violencia obstétrica, violencia feminicida, violencia laboral y docente, violencia comunitaria, violencia institucional, violencia política, violencia digital y violencia mediática. Las denuncias se pueden realizar en los Centros de Justicia para las Mujeres, fiscalías, ministerios públicos, etcétera. Estos deben tomar la declaración sin emitir juicios propios, atender con respeto, utilizar un lenguaje claro y proporcionar toda la información necesaria sobre el proceso a seguir. Las autoridades deben brindar las medidas de protección y garantías necesarias para evitar nuevos actos de violencia. En caso de sufrir violencia por parte de alguna autoridad de carácter estatal puedes presentar tu queja ante las comisiones, defensorías o procuradurías de derechos humanos de las entidades federativas.
978-607-729-599-0
LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
VIOLENCIA DE GENERO
362.83,T59