Feminicidios cuarta parte dossier de prensa
Con las reformas legislativas se estableció en el artículo 148 bis del Código Penal del DF que comete feminicidio quien, por razones de género, prive de la vida a una mujer y será castigado con penas de 20 a 50 años de prisión. Cuando el agresor y la víctima hayan tenido una relación afectiva, de confianza, sentimental, de parentesco, laboral, docente o que haya implicado subordinación o superioridad, el feminicidio se castigará con penas de 30 a 60 años de cárcel
(ALDF) ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
DATOS ESTADISTICOS
FEMINICIDIOS
INSTITUTO DE LAS MUJERES DEL DISTRITO FEDERAL
LEYES Y LEGISLACION
MEXICO
IMDF,C. E,2011